En Santa Fe, la veda electoral comienza a las 20 horas del sábado anterior a los comicios. Desde ese momento, quedan prohibidas la venta de alcohol y otras actividades públicas hasta tres horas después del cierre de la votación.

El artículo 71 del Código Electoral Nacional prohíbe espectáculos, actos de proselitismo y la venta de alcohol hasta tres horas después del cierre de las elecciones 2025 en Santa Fe (21 h si la votación termina a las 18 h).

La medida regirá para los comicios generales municipales y comunales del 29 de junio de 2025 en Santa Fe, convocados por el Decreto 2656/24. Respetar la veda es clave para garantizar la igualdad de condiciones entre las opciones políticas y preservar la paz cívica antes de que 2,8 millones de santafesinos habilitados concurran a las urnas.

En ese sentido, la normativa no responde a un capricho reciente: el régimen de vedas existe, con ajustes, desde 1912 y fue consolidado en la ley 19.945 de 1972. En él se combinan restricciones a los comercios, pautas de seguridad y límites a la propaganda. La legislación prevé arresto o multas para quienes la infrinjan —incluso clausura temporal de los locales que vendan bebidas alcohólicas—.

Las autoridades santafesinas ya desplegaron operativos de capacitación para presidentes de mesa, asistentes de escrutinio y fuerzas de seguridad con el fin de asegurar un proceso ordenado.

Estos preparativos se articulan con la puesta en línea del padrón definitivo 2025, herramienta indispensable para que cada ciudadano confirme a tiempo su lugar de votación.

Por último, vale recordar que el voto es obligatorio desde los 18 y hasta los 70 años, salvo excepciones taxativamente previstas en la ley.

La venta de bebidas alcohólicas queda prohibida desde las 20 h del sábado 28 de junio y hasta las 21 h del domingo 29, es decir, doce horas antes y tres horas después del cierre de los comicios. La Policía provincial vigilará el cumplimiento y podrá clausurar los locales infractores.

¿Qué NO se puede hacer durante la veda?:

Lo que SÍ está permitido durante la veda electoral:

Permanecer abiertos los comercios de alimentos, farmacias y servicios esenciales; reuniones familiares o religiosas sin propaganda; circulación normal de personas y transporte público; actividades deportivas privadas sin público ni difusión partidaria.

El objetivo es garantizar la normalidad de la vida cotidiana manteniendo neutralidad política en el espacio público.

El Tribunal Electoral provincial habilitó la consulta en línea del Padrón Definitivo 2025. Se ingresa el número de DNI y género en el sitio web (

El sistema informa escuela, mesa y orden; además permite descargar el comprobante para presentarlo si fuera necesario. Recomendación oficial: verificar datos antes del 24 de junio para gestionar correcciones si correspondiera



Fuente Clarin.com

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