
Las elecciones 2025 en Santa Fe se realizan el 29 de junio. Los santafesinos volverán a las urnas para elegir autoridades locales. Pero, ¿cómo se computa el voto en blanco en la provincia?
Lo primero para recordar es que los habitantes de la provincia elegirán autoridades municipales, comunales y a los convencionales que redactarán la primera reforma constitucional provincial en más de seis décadas, todo un hito institucional.
En las internas de abril, Unidos para Cambiar Santa Fe se impuso con el 34,72% de los votos, seguido por Más para Santa Fe (15,19%), La Libertad Avanza (14,10%), Somos Vida y Libertad (12,34%), Activemos (8,44%) y Frente de la Esperanza (5,59%).
El 29 de junio se eligen 50 convencionales por distrito único, 19 convencionales departamentales, 11 intendentes, 53 concejos municipales y 75 comisiones comunales, según el cronograma oficial.
Estas votaciones mantendrán el tradicional sistema de Boleta Única de Papel, valorado por su transparencia, que rige desde 2011 y está regulado por la Ley 13.156. Once localidades elegirán candidatos a intendentes y 53 ciudades aspirantes a concejales municipales.
La página Web del Instituto Provincial de Estadística y Censos (IPEC) indica que el sistema de Boleta Única es muy sencillo. Luego de presentarse al lugar de votación con documento, indica que “el presidente de mesa dará una boleta por cada categoría electoral y un bolígrafo”.
Aclara que no existen más los sobres y que se ingresa a un box “con todas las boletas y marcás una opción por cada boleta”. “Incluso el voto en blanco tiene su casillero“, aclara al respecto de la pregunta de este texto. Y concluye: “Luego de marcar una sola opción en el casillero respectivo, doblás las boletas, volvés a la mesa y las colocás en la urna”.
Los votos válidos son aquellos en los que el elector “ha marcado una opción electoral por cada Boleta Única oficializada”. “Se consideran votos en blanco sólo aquellos que se manifiesten expresamente por dicha opción en cada Boleta Única (la boleta prevé un casillero propio para la opción de voto en blanco)”, ahondan los documentos oficiales.
La Ley Electoral Nacional establece que los resultados de encuestas de boca de urna no pueden difundirse antes de las 21, es decir, tres horas después del cierre de los comicios. Esto busca evitar que estas estimaciones influyan en el voto de los ciudadanos que aún no acudieron a votar.
Sin embargo, en la práctica, muchas veces los datos circulan de forma extraoficial por redes sociales, lo cual genera confusión o expectativas infundadas. Cabe recordar que los principales candidatos y sus partidos son: