Actualmente, con lo fácil que es hacer transferencias bancarias o enviar plata por billeteras virtuales, no es raro preguntarse qué pasa si te entra una suma importante en tu cuenta. Lo primero que hay que saber es que, si ese dinero tiene un origen claro –como la venta de un auto, una propiedad o el pago de un cliente por un trabajo facturado- no deberías tener mayores inconvenientes.

Sin embargo en algunos casos, el banco puede retener el dinero de forma momentánea. En general, alcanza con presentar la documentación que respalde esa operación para destrabarlo. Ahora bien, si la transferencia fue un error -algo que también puede ocurrir-, no hay motivo para entrar en pánico.

Lo mejor es avisar al banco cuanto antes, explicar lo que pasó y devolver el monto a quien lo envió. Con eso, el problema suele resolverse sin complicaciones

¿Y si te llega una transferencia muy grande que no podés justificar? Ahí sí pueden aparecer complicaciones, especialmente con la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Por eso, es importante tener en claro el origen del dinero que entra a tu cuenta, sobre todo si se trata de montos elevados.

ARCA: a partir de qué monto pueden investigar las transferencias y transacciones en 2025

Si se superan ciertos montos, pueden activarse las alertas de ARCA y dar lugar a un análisis más exhaustivo por parte del fisco nacional. Por eso, conocer esos límites es clave para evitar complicaciones y asegurarse de que las operaciones se mantengan dentro del marco legal. A continuación, los nuevos valores que rigen desde ahora y conviene tener presentes para no quedar bajo la lupa de la ex AFIP:

. Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $50 millones para personas físicas y de $30 millones para personas jurídicas

. Extracciones en efectivo: el límite será de $10 millones para personas físicas y de $10 millones para jurídicas

. Los saldos bancarios se elevan a $50 millones para personas físicas y $30 millones para personas jurídicas

. Plazos fijos: $100 millones para personas físicas y $30 millones para personas jurídicas

. Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas

. Tenencias en sociedades de bolsa: sube a $100 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas

. Compras de consumidor final: se eleva a $10 millones para ambos rubros

. Se podrán hacer compras de hasta $10 millones sin que nadie requiera información adicional

ARCA realiza investigaciones sobre los contribuyentes cuando detecta discrepancias entre las declaraciones juradas y la situación real. Si esas discrepancias son significativas, la ex AFIP tomará medidas para investigar al contribuyente y, posteriormente, emitir una intimación.

Por ejemplo, si un monotributista tiene gastos elevados en su tarjeta de crédito que no se corresponden con la categoría del monotributo en la que se encuentra, el organismo puede intimarlo a recategorizarse o pasar directamente al Régimen General, lo que puede desembocar en multas e intereses.

En tanto, si alguien no figura registrado como contribuyente, el banco podrá retener o rechazar la transferencia y pedir que se justifique el origen de los fondos. Además, podrá cerrar la cuenta y crear un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).

Para evitar que ARCA te intime por los movimientos grandes de dinero, es necesario contar con documentos que los respalden. Los más comunes son:



Fuente Clarin.com

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *