Nicols Carrizo est preso desde septiembre de 2022 y acusado de ser partcipe secundario
Nicolás Carrizo está preso desde septiembre de 2022 y acusado de ser partícipe secundario.

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó este viernes un recurso presentado por la defensa de uno de los imputados por el ataque a Cristina Fernández de Kirchner, que tenía por objetivo anular un allanamiento realizado en el marco de la investigación.

La sala cuarta del tribunal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, declaró por unanimidad inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de Gabriel Nicolás Carrizo.

Carrizo es uno de los acusados por el intento de magnicidio de Cristina Fernández de Kirchner, que tuvo lugar el jueves 1° de septiembre de 2022 a las 20:52 en el barrio de Recoleta, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los principales acusados de la causa son Fernando Sabag Montiel -el agresor- y su pareja Brenda Uliarte, mientras que Carrizo era el jefe de ambos en la venta de copos de nieve azucarada.

Carrizo está preso desde septiembre de 2022 y acusado de ser partícipe secundario de intento de homicidio calificado por alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas, agravado por el empleo de un arma de fuego.

En el caso que llegó a conocimiento de la Sala IV, a Carrizo se le imputa la tenencia ilegal de dos DNI ajenos, los cuales fueron hallados en su domicilio en Morón en ocasión de ser allanado por las fuerzas de seguridad tras el intento de asesinato de la vicepresidenta de la Nación.

La defensa, mediante su recurso de casación, cuestionaba el rechazo de la nulidad de dos informes periciales y del acta de allanamiento.

Los jueces Borinsky, Carbajo y Hornos consideraron que la resolución atacada no era una sentencia definitiva ni a ella equiparable, y que la defensa de Carrizo no había logrado demostrar que la resolución cuestionada irrogue un agravio actual de insuficiente, imposible o tardía reparación ulterior que permita hacer excepción a la regla antedicha, equiparar la decisión a un pronunciamiento de carácter definitivo y habilitar así la jurisdicción de la Cámara Federal de Casación Penal.

Los camaristas sostuvieron que la defensa tampoco había logrado acreditar la existencia de una cuestión federal suficiente fundada que justifique la intervención de la Casación Federal.

En ese sentido, los jueces de la sala cuarta de la Casación afirmaron que la defensa de Carrizo insistía en reeditar en igual forma los planteos de nulidad, sin haber brindado argumentos suficientes para rebatir los fundamentos que, en línea con lo dictaminado por la fiscalía, había expuesto el tribunal oral para desestimarlos.

Por último, los camaristas Borinsky, Hornos y Carbajo concluyeron que el recurso de casación de la defensa de Carrizo era insuficiente, mientras que la resolución del tribunal oral que había descartado los planteos de nulidad contenía una fundamentación adecuada.





Fuente Telam