Un fallo de la Corte Suprema dio un giro inesperado en el caso del cura Justo José Ilarraz: el máximo tribunal sobreseyó al exsacerdote que había sido condenado a 25 años de prisión por abuso y corrupción de menores. El máximo tribunal consideró que los ataques sexuales cometidos entre 1988 y 1992 -cuando el acusado era prefecto de disciplina y guía espiritual de los chicos damnificados- habían prescripto.

La sentencia, que lleva la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, dio lugar así al recurso extraordinario que había presentado la defensa del ex cura, al que el Papa Francisco expulsó de la Iglesia en diciembre del año pasado tras un largo proceso canónico.

Ilarraz había llegado a juicio en 2018 por los abusos sexuales perpetrados entre 1988 y 1992 en el Seminario Nuestra Señora del Cenáculo de Paraná, donde era prefecto de disciplina y guía espiritual. Siete exseminaristas denunciaron en 2012 los hechos, describiendo un patrón sistemático de manipulación y violencia sexual que sufrieron cuando tenían entre 12 y 15 años.

En todos esos testimonios había una especie de patrón, un esquema coincidente entre ellos que combina ser descendientes de alemanes de orígenes católicos, humildes y rurales, padres alcohólicos, violentos o estrictos y falta de afecto; con el poder representativo para esas familias de un sacerdote que además cuenta con la habilidad de la empatía, capaz de ocupar el terreno que el padre biológico no pudo o no supo cumplir.

“Hay que remontarse a finales de los ochentas, hiperinflación y sus problemas en la economías locales: en algunos casos íbamos una vez cada dos meses con suerte a nuestras casas y, a veces, esos días estaba Ilarraz allí también”, le dijo a Clarín un denunciante hace siete años, mientras se desarrollaba el juicio.

Tras la condena a 25 años de prisión por corrupción de menores y abuso deshonesto agravado, la defensa del excura presentó numerosos recursos en los que planteó la prescripción, que fueron rechazados por tribunales locales y nacionales.

La causa finalmente quedó en manos de la Corte Suprema de la Nación que, meses después del juicio, había evitado expedirse sobre la posible prescripción porque la condena aún no estaba firme. Ahora, a siete años de la condena, el máximo tribunal tomó la causa porque el recurso de la defensa se planteó contra el rechazo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, que es el máximo nivel provincial al que podía llegar la causa. En su fallo le dio la razón a Ilarraz y consideró que los hechos habían prescripto y que no debe ser condenado por ellos.



Fuente Clarin.com

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