La Corte Suprema de Justicia avaló este martes la extradición a Italia del ciudadano de ese país Leonardo Bertulazzi, de 73 años, miembro de las ex Brigadas Rojas, una organización terrorista responsable de numerosos hechos de violencia en Italia durante las décadas de 1970 y 1980.

Entre los crímenes más resonantes del grupo se encuentra el secuestro y posterior asesinato del ex Primer Ministro de Italia, Aldo Moro, en 1978. Como en cualquier proceso de extradición, la última palabra la tiene ahora el Poder Ejecutivo en cabeza del presidente Javier Milei. En fuentes oficiales se descarta que Milei lo apoyará y así Bertulazzi cumplirá su condena en Italia.

Los jueces de la Corte Suprema resolvieron confirmar la sentencia apelada “en cuanto declaró la extradición de Leonardo Bertulazzi a la República de Italia” para cumplir la condena. No obstante, señaló que “los alcances de este pronunciamiento no implican abrir juicio alguno sobre el reclamo del recurrente respecto de la pérdida de status de refugiado” y dispuso que “la jueza de la causa ponga en conocimiento de su par extranjero el extremo de la cuestión”.

Así la Corte invalidó una resolución de una sala de la Cámara de Casación presidida por el juez Alejandro Slokar, ex funcionario del gobierno de los Kirchner.

Bertulazzi, quien ocupaba un alto rango dentro de la organización, estuvo vinculado a la logística del secuestro de Moro. Se lo condenó a 27 años de prisión. Su paso en las Brigadas Rojas comenzó en 1977, cuando fue herido por la explosión de un artefacto que armaba. Perteneció a la Columna Genovesa 28 de marzo y se lo conocía como Stéfano, su nombre de guerra.

El estado italiano, a diferencia de la dictadura argentina, combatió a las Brigadas Rojas -una poderosa guerrillera urbano de ultraizquierda- con las leyes en la mano y sin violar los derechos humanos. El asesinato de Moro conmovió a la Italia de los setenta.

Había sido capturado en Argentina en el año 2002: ingresó al país en moto, junto a una mujer, al cruzar un paso fronterizo cercano a San Carlos de Bariloche, desde Chile. Pero se encontraba beneficiado por una resolución de refugio desde 2004, un año después de que asumiera Néstor Kirchner, que impidió su extradición en aquel momento.

Sin embargo, en agosto del 2024, el Gobierno argentino anunció su detención. Fue luego de que el Gobierno Nacional, tras un decreto que modificó la integración de la Comisión Nacional para los Refugiados -CONARE-, le quitara la condición de refugiado político. La orden de detención fue librada por la jueza federal María Servini. Las fuerzas policiales lo arrestaron en la casa del barrio porteño de Monserrat, donde vivía.

En noviembre del 2024, la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al pedido de la defensa oficial y excarceló a Bertulazzi. La decisión fue tomada por la Sala II del máximo tribunal penal del país, con la firma de los jueces Alejandro Slokar y Angela Ledesma –y la disidencia de Guillermo J. Yacobucci-.

El juez Slokar, que lideró el acuerdo, sostuvo que la decisión de la Cámara Federal no había evaluado las circunstancias personales del solicitante, las cuales resultarían conducentes para conceder la libertad. Afirmó la existencia de arraigo de Bertulazzi al señalar que “vive junto a su esposa hace veinte años en el mismo domicilio del cual -por cierto- es propietario” y el “7/10/2004 fue reconocido como refugiado por el Poder Ejecutivo”.

Sobre el fondo, la jueza Servini rechazó los planteos de la defensa y declaró procedente la solicitud de extradición de Bertuzzi para el cumplimiento de una pena de 27 años de prisión. La defensa apeló ante la Corte Suprema. La Procuración General de la Nación propuso confirmar la sentencia.

La Corte se había pronunciado en igual sentido en el marco de un pedido de extradición formulado por la República Italiana respecto del terrorista de derecha Augusto Cauchi, imputado por su presunta participación en un atentado perpetrado en la estación ferroviaria de Bolonia en el año 1980, y juzgado en ausencia por la justicia italiana.



Fuente Clarin.com

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *