La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó este lunes un fallo de la jueza nacional Moira Fullana que ante una presentación de la CGT suspende dos artículos del decreto 340/2025 firmado por el presidente Javier Milei que ponía límites a las huelgas en sectores de servicios esenciales.
El fallo fue emitido esta tarde por la Sala IV de la Cámara, con lo cual se confirmó la resolución de la jueza Moira Fullana que había actuado en primera instancia..
La resolución de la cámara suspendió la aplicación del decreto que regulaba las huelgas en los denominados servicios esenciales para evitar paros totales en la saludo o sectores de la seguridad.
En este fallo, al que tuvo acceso Clarin, la cámara también recordó que “el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto 340/2025 que, si bien se titula Apruébase el Régimen de excepción de la Marina Mercante Nacional” alude a una ley del Congreso “que reglamenta la huelga en los servicios esenciales”.
En ese punto, la Cámara observó que “en un DNU referente a la Marina Mercante sustituye un artículo de una ley, cuyo texto había intentado modificar el Decreto 70/2023 (el contenido de ambos decretos sobre el tema en cuestión presenta similitudes pero no es idéntico)”.
Y, al respecto advirtió que esta misma Cámara ya “en primer término suspendió cautelarmente el decreto 70/23 y luego lo declaró inconstitucional; cuyo resultado final se encuentra para ser tratado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación” en otra causa iniciada por la Confederación General del Trabajo.