El Senasa estableció nuevas disposiciones para la elaboración, fraccionamiento, distribución, importación o exportación de fertilizantes y enmiendas en el territorio nacional. Según el comunicado oficial, la medida busca optimizar la calidad de los productos utilizados en la agricultura, reducir la carga burocrática y facilitar la integración con los mercados internacionales.

La Resolución 214/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, introduce criterios simplificados para el registro y fiscalización de esos insumos, a la vez que garantiza que se cumplan con los estándares de seguridad exigidos por las normativas vigentes. Además, establece nuevas pautas para la certificación de productos y la trazabilidad en su comercialización.

También incorpora el registro automático para productos ya inscriptos en países considerados de alta vigilancia sanitaria, y suma la figura de aviso de importación para esos insumos, sin requerir autorización previa.

“¡Baja del “costo argentino” del 57% en fertilizantes!”, posteó el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger.

“La Resolución 214/2025 de @SenasaAR con firma de @cortesep62 completa el círculo de desregulación de importación de fertilizantes impulsado por el Decreto 101/25. Básicamente da por autorizados todos los fertilizantes de países serios y elimina la necesidad de informar el movimiento del fertilizante a granel excepto para el nitrato de amonio”, agregó.

Para el ministro, el cambio apunta a agilizar la importación de productos más baratos que se suma a las mejoras impositivas implementadas por Luis Caputo, ministro de Economía.

“El año pasado importar UREA con FOB de 390 dólares, costaba por impuestos y cargas 726 dólares. Hoy por la baja de aranceles e impuesto país, y por la posibilidad de no pagar las percepciones de IVA y ganancias, el precio de importación con impuestos bajó a 534 dólares, una reducción del 26%. Pero el “costo argentino”, que es lo que se paga por encima de los 390 del precio internacional, cae de 336 dólares a 144 dólares: una baja de 57%”, informó.

Cabe recordar que el Decreto 101/25 establecía que la Secretaría de Agricultura asumirá el rol como autoridad encargada de establecer definiciones claras sobre estos insumos esenciales para la producción agrícola y asegurar su correcta fabricación, importación, exportación y distribución. Esa normativa simplificaba la inscripción de los operadores y elimina su vencimiento. Bajo este esquema, se facilitará la importación de productos certificados en países de alta vigilancia, evitando así la duplicación de trámites y promoviendo una mayor integración comercial internacional. Estos países son, según el Anexo, Australia, Estados Unidos, Nueva Zelanda, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Brasil, Unión Europea e Israel.





Fuente Clarin.com

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *