Después de realizar una serie de cambios en el marco regulatorio de la empresa a través de un DNU, y tal como lo había anunciado el pasado viernes, el Gobierno autorizó el procedimiento de privatización total de Aguas y Saneamientos Argentinos (AySA).

Lo hizo por intermedio del Decreto 494/2025, publicado en el Boletín Oficial de este martes con las firmas de Javier Milei y el ministro de Economía, Luis Caputo.

“Autorízase el procedimiento para la privatización total de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. bajo la modalidad de venta de la totalidad de las acciones de titularidad del Estado Nacional, cuyo porcentaje asciende al 90 % del capital social de dicha empresa, conforme lo establecido en el artículo 17, inciso 2) de la Ley N° 23.696 y sus modificatorias”, indica el artículo 1° de la normativa.

El siguiente apartado, en tanto, establece que el Ministerio de Economía, con la intervención de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”, será el encargado de adoptar las medidas necesarias para cumplir con el artículo 1°.

Para hacerlo, deberá “concretar la venta de al menos el 51 % del total del paquete accionario” de la empresa “a un operador estratégico mediante el procedimiento de licitación pública de alcance nacional e internacional”, así como también “la venta en bolsas y mercados del país del remanente de las acciones de titularidad del Estado” de AySA “que no haya sido vendido”.

“En la modalidad y el procedimiento referidos no se prevé el otorgamiento de las preferencias a las que refiere el artículo 16 de la Ley N° 23.696 y sus modificatorias, como tampoco la implementación de un nuevo Programa de Propiedad Participada”, aclara este punto del decreto.

El documento indica, además, que el Ministerio de Economía, en su carácter de Autoridad de Aplicación, “adoptará las medidas que sean necesarias para garantizar que la modalidad de privatización dispuesta no afecte la continuidad de la prestación del servicio público de provisión de agua potable y colección de desagües cloacales”, al tiempo que “dictará las normas complementarias que resulten necesarias para dar cumplimiento” a estas disposiciones”.



Fuente Clarin.com

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