El fiscal general Mario Villar presentó su queja ante la Corte Suprema de Justicia en el marco del caso Vialidad. Insiste en pedir una pena de doce años de prisión para Cristina Kirchner, un mayor decomiso de sus bienes y que la absolución a favor de Julio De Vido sea revocada.
Horas después del planteo formulado por Cristina, también ingresó a la Corte el recurso del Ministerio Público Fiscal. Con argumentos diametralmente opuestos, ambas quejas se oponen al rechazo de la Cámara Federal de Casación Penal a las apelaciones formuladas tras la confirmación de la sentencia condenatoria.
Mientras la ex vicepresidenta considera que la Sala IV del máximo tribunal penal, no abordó sus principales reclamos: arbitrariedad en la sentencia, gravedad institucional, temor parcialidad, el Ministerio Público Fiscal señaló que la pena debe ser agravada.
Este martes vence el plazo para que los imputados en este caso en el que se investigaron los 51 procesos licitatorios que se resolvieron a favor de Lázaro Báez con marcadas irregularidades, direccionamientos, sobrecostos, según concluyó la justicia, presenten sus recursos de queja.
Se trata de la última instancia de reclamo a la que pueden acudir. La Casación Federal rechazó los recursos extraordinarios que se formularon contra la confirmación de la condena por administración fraudulenta en perjuicio del Estado, con un daño estimado en 85.000 millones de pesos.
Como la vía extraordinaria no fue habilitada, todos los involucrados en la maniobra delictiva fueron en queja ante la Corte.
Esa misma instancia reclama el fiscal general Villar, con el escrito de diez páginas que ingresó al maximo tribunal. Exige que la queja sea abierta y que sus reclamos centrales sean atendidos: una mayor pena contra la ex vicepresidenta, que De Vido no quede fuera de la condena y un decomiso de dinero superior contra los imputados.
“La Corte tendría fundamentos válidos para optar por declarar la nulidad” del la decisión de la Casación que “rechaza los recursos por falta de una mínima fundamentación o para pronunciarse sobre la procedencia del recurso”, dijo el fiscal Villar.
Con los votos de Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña se denegó el recurso extraordinario al Fiscal General, que pretendía ampliar la condena al delito de asociación ilícita, elevar las penas a doce años de prisión y aumentar el decomiso en 1.579.502.297,87. pesos actualizables.
En este último punto el juez Gustavo Hornos en disidencia propuso que se conceda el recurso extraordinario del fiscal.
En su voto consideró que “existe cuestión federal ya que la absolución por asociación ilícita fue arbitraria y omisión de un decomiso efectivo que abarque del daño ocasionado pone el riesgo los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino en materia de anticorrupción“.
En su recurso de queja, el fiscal dijo que con un análisis fragmentado de las pruebas, el Tribunal de juicio y la Cámara de Casación “excluyeron, de manera definitiva, la imputación del delito de asociación ilícita para alguno de los imputados y administración infiel para otros”.
El reclamo del Ministerio Público Fiscal sostiene que además del delito de administración fraudulenta, los acusados “debían ser condenados por asociación ilícita”, y pidió calificar a Fernández de Kirchner como jefa de esta organización, junto a otros funcionarios en roles organizativos. Según Hornos, los expresidentes Néstor Kirchner y Cristina Fernández “diseñaron y ejecutaron una estructura delictiva dentro del Estado, que tenía como objetivo desviar fondos públicos de forma sostenida a través de contratos de obra pública, principalmente en la provincia de Santa Cruz”.
Pero además, en el recurso extraordinario se explicó que los jueces confirmaron las “absoluciones mediante una valoración aislada y fragmentada de la prueba incorporada y la omisión de los agravios oportunamente planteados”, en relación a Julio De Vido contra quien la fiscalía pide una condena como integrante de la asociación ilícita.
La Corte enviará el planteo de Villar al Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, para que se pronuncie al respecto. Hasta que su posicionamiento no se conozca sobre el reclamo de la fiscalía, el máximo tribunal no comenzará a analizar el caso.
Tanto el jefe de los fiscales como la Corte no tienen plazos procesales para analizar y pronunciarse al respecto.