Entre los cambios que, por decreto, introdujo el Gobierno en la ley de Tránsito, incluyó modificaciones en la forma de tramitar la licencia de conducir. Y aunque desde el año pasado se manifestó la intención de eliminar los plazos de vencimiento, finalmente los registros tendrán fecha de caducidad, aunque sí se sumará la chance de hacer el trámite completo a distancia.
En el decreto publicado este martes, el Gobierno oficializó cambios en el Sistema Nacional de Licencias de Conducir (SINALIC) “que simplifican y modernizan el trámite de renovación para conductores de motos, autos y maquinaria agrícola”.
Por eso, partir de ahora, la licencia se otorgará en formato digital con validez en todo el país. Por otra parte, quienes lo deseen podrán solicitar también la versión física de la licencia, que tendrá la misma legitimidad que la digital para conducir el tipo de vehículo autorizado. Aquí se abre un paréntesis para quienes tengan que conducir en el exterior, ya que en muchos países siguen requiriendo la versión física del registro.
Además, se anunció la desregulación de trámites y renovaciones más simples. Con la nueva ley se busca que el proceso se realice de manera remota en su totalidad. Por ejemplo, se podrá precargar la documentación de manera digital, algo que en muchos distritos ya se hacía. Y se suma la novedad de poder enviar los certificados de aptitud psicofísica sin necesidad de concurrir a los centros de otorgamiento.
Estos certificados, según la nueva normativa, tendrán carácter de declaración jurada y deberán ser realizados por un profesional registrado ante la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). Este registro es gratuito y digital, aunque aún no está determinado cómo y de qué forma se constituirá ese registro.