Las elecciones 2025 en Santa Fe llegarán en dos hitos clave del calendario: el 13 de abril (Convencionales Reformadores y PASO municipales y comunales) y el 29 de junio (generales municipales y comunales).

Para los votantes de 18 a 70 años, el sufragio sigue siendo obligatorio según el Código Electoral Nacional; no cumplirlo acarrea sanciones económicas y restricciones civiles que conviene conocer.

Esta nota detalla las multas, los pasos para justificar la no emisión del voto, quiénes están exentos, cómo consultar el padrón y qué ocurre si se vuelve a faltar.

La Ley 19.945 fija una escala de sanciones (art. 125) que se actualiza automáticamente con cada ciclo electoral. El valor base para 2025 sigue dentro del rango legal, y la Cámara Nacional Electoral ratifica una penalidad mínima de $100 para quienes jamás regularicen su situación.

Además, el infractor no podrá realizar trámites en organismos públicos por un año ni ser designado en cargos estatales por tres años.

Escala oficial de multas 2025 por no ir a votar:

Cumplir este pago libera inmediatamente las inhabilitaciones; la boleta se genera en infractores.padron.gob.ar y puede abonarse por home banking o en sucursales del Banco Nación.

Cómo justificar el no voto: así podés hacer el trámite por internet en Santa Fe

Quienes no puedan concurrir a los comicios 2025 deben justificar la ausencia dentro de los 60 días posteriores. El Tribunal Electoral santafesino habilitó un formulario online de “Justificación de la no emisión del sufragio” donde se carga DNI, elección y causal.

También se acepta la vía nacional a través del sitio de la Dirección Nacional Electoral, que permite adjuntar certificados médicos o constancias de fuerza mayor.

Acumular faltas sin justificación expone al elector a multas crecientes y a la suspensión de trámites oficiales (pasaporte, subsidios, becas).

Si arrastras infracciones de años previos, el sistema suma los montos y exige la cancelación total antes de habilitarse para emitir el sufragio 2025. Para regularizar:

El artículo 12 del Código establece exenciones claras:



Fuente Clarin.com

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *