Javier Benítez Ortigoza fue condenado a 35 años de prisión por violar y asesinar a Yamila Belén Araujo en 2021 durante la fiesta de cumpleaños de su pareja, madre de la víctima, en la localidad bonaerense de San Miguel. Sin embargo, el fallo fue cuestionado por la fiscalía y la familia, que pidieron la pena de prisión perpetua al considerar que se trató de un femicidio.
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de San Martín condenó a Ortigoza por el delito de “abuso sexual gravemente ultrajante, y homicidio simple, en concurso real entre sí”, en perjuicio de la joven de 24 años. El fallo fue dictado por unanimidad por los jueces Héctor Toneguzzo, Alejandro Moramarco Terrarosa y Marcelo Machado al hombre de nacionalidad paraguaya y con antecedentes por robo.
Para el Tribunal no fue un un caso de “violencia de género”
No obstante, La fiscal Vanesa Leggio, junto al abogado Alejandro Canovas -representante de la familia de la víctima-, habían solicitado la pena de prisión perpetua al considerar que se había tratado de un “homicidio criminis causa y por violencia de género”, pero el TOC 1 no lo dio por acreditado.
“La Acusadora Pública en oportunidad de realizar su alegato señaló que matar a Yamila Araujo era la única vía que encontró el nocente para que no se supiera que había abusado sexualmente a una de las hijas de su pareja, afirmando así que matar solo obedeció a su decisión de ocultar el abuso sexual“, explicó Toneguzzo en su voto, al que adhirieron sus colegas.
Sin embargo, para el magistrado “tales conclusiones no superan el umbral de una conjetura, que entendida conforme al diccionario de la Real Academia Española como un juicio que se forma de algo por indicios u observaciones, no ha sido debidamente explicitada por la distinguida y esforzada Agente Fiscal, puesto que no surge de su exposición que hubiera señalado las circunstancias a partir de las cuales arriba a tal conclusión y por otra parte, tal como lo vengo diciendo, de la prueba producida no emerge que ello se vea efectivamente comprobado o verificado”.
Además, el TOC desestimó que haya sido un caso de “violencia de género” porque no advirtió “la existencia entre Yamila Belén Araujo y Javier Benítez Ortigoza de una relación desigual de poder, que amerite la agravante postulada”.
En tanto, el Tribunal determinó que la víctima “fue objeto de un ataque que violentó su integridad sexual” y que las “maniobras asfícticas” fueron luego de consumada esa violación.
“Su aplicación, que pudo obedecer a múltiples causas, teniendo en consideración el contexto y la condición en que se hallaba Yamila -esto es bajo un cuadro de intoxicación alcohólica como da cuenta el resultado de la pericia toxicológica al indicar que presentaba 1,85 gramos de alcohol en sangre- podía razonablemente tener como consecuencia su fallecimiento, tal y como así ocurrió”, indicó Toneguzzo.
Para el juez, “efectivamente, la acción desplegada por el nocente llevando a cabo en la persona de la víctima maniobras o movimientos con capacidad para suspender o dificultar la respiración, implicó de su parte la generación de un riesgo para la vida de la damnificada que -a partir de la lógica y sentido común- no solo en modo alguno podía por él ser desconocido, sino que además fue asumido con total indiferencia tal y como lo demuestran los acontecimientos”.
Benítez Ortigoza se aprovechó “del estado de vulnerabilidad de la víctima” ya que las posibilidades de oposición de ella “claramente se vieron disminuidas traduciéndose en un mayor estado de indefensión que habiendo sido aprovechado por el justiciable debe redundar en un mayor reproche de penalidad.
El femicidio de Yamila
El hecho fue descubierto el domingo 29 de agosto de 2021, cerca de las 14.30, cuando familiares fueron a despertar a Yamila porque no se había levantado y la hallaron muerta en la cama de su habitación, en una casa de la calle Platón al 2700 y Primera Junta, de San Miguel, al oeste del conurbano.
La víctima mujer fue hallada sin vida, semidesnuda, y con marcas en el cuello que hacían presumir que fue estrangulada, aunque al principio no fueron observadas y por ello el hecho comenzó a investigarse como “averiguación de causales de muerte”.
Sin embargo, tras la declaración de testigos, la fiscalía de instrucción reconstruyó las últimas horas de la joven y así ordenó la detención de su padrastro.
Es que, según señalaron los testigos, la familia se encontraba celebrando el cumpleaños de la madre de la víctima en la vivienda de dos plantas.
Al finalizar el festejo, cerca de las 4 de la madrugada, se lo vio al hombre subir junto a la joven al piso de arriba.
Luego, la hermana menor de Araujo observó cuando el hombre bajó y se retiró de la casa, sin que nadie tuviera contacto con él hasta la noche, cuando fue finalmente detenido en la casa de un primo en Malvinas Argentinas por efectivos de la comisaría 3ra. de San Miguel.
El ahora condenado tenía antecedentes penales por el delito de “robo calificado y portación ilegal de arma de fuego”.
Según las fuentes, el hombre estuvo alojado en la Unidad Carcelaria 48 del Servicio Penitenciario Bonaerense hasta el 4 de mayo del 2020, cuando recuperó su libertad.