El Gobierno lanzó una serie de cambios en el régimen de monotributo productivo, reduciendo las cargas obligatorias para que más trabajadores independientes puedan acceder a una cobertura social. La idea, señaló la AFIP en un comunicado, es “facilitar el ingreso y mantenimiento en la economía formal”, mejorando las condiciones de quienes estén adheridos y flexibilizando las necesarias para acceder al mismo. La medida será “reforzada con propuestas que elevará el Poder Ejecutivo” en el proyecto de ley del Presupuesto 2024.

En el decreto publicado este martes en el Boletín Oficial se oficializa el anuncio realizado el mes pasado por el ministro de Economía, Sergio Massa. “No vamos a esperar al 10 de diciembre para poner en marcha el monotributo productivo. A fin de agosto lo vamos a poner en marcha en un gran trabajo con todos los movimientos sociales, con un DNU. Lo primero que tenemos que hacer es darle a ese trabajador el derecho a una obra social, un seguro de riesgo de trabajo, aporte jubilatorio, porque tenemos que visibilizar para ponerlos en el circuito formal de la economía”, había manifestado en su momento el titular del Palacio de Hacienda.

Cambios

Se realizó una modificación al régimen de Monotributo Promovido, que no debe confundirse con el Monotributo Social. El primero es un tipo de monotributo pensado para aquellas personas que están comenzando su actividad independiente, pagando el monotributo promovido estarán generando aportes para la jubilación y tienen acceso a una obra social de manera opcional. Para ello deben pagar el 5 por ciento de lo que facturen mensualmente y ese dinero se destina a los aportes jubilatorios, no abonan el componente de impuesto integrado y pueden elegir pagar una obra social del listado oficial cuya cuota se sumará a la del monotributo.

Por su parte, el Monotributo Social es un régimen tributario dirigido a trabajadores informales que se encuentren en situación de vulnerabilidad, de hecho su inscripción no es en AFIP sino en el Ministerio de Desarrollo Social. El trabajador puede realizar tareas en relación de dependencia o de manera independiente pero dentro de la economía informal o popular. Estar inscripto en el régimen permite emitir facturas, tener una obra social y contar con aportes jubilatorios. Bajo este esquema se encuentra 100 por ciento subsidiado el pago del componente impositivo y previsional y el 50 por ciento de la obra social, de modo que un monotributista social paga únicamente la mitad restante de la obra social.

El Monotributo Social fue la categoría ocupacional del empleo registrado que más creció en 2021 y 2022, un 24,6 y 39 por ciento interanual respectivamente contra un 5 por ciento en el total de empleo registrado. Hacia mayo de 2023, se trata de unas 600 mil personas.

Monotributo productivo

Entre los trabajos encuadrados en el Monotributo Productivo se encuentran aquellos donde se elaboran o transforman materias primas en la vía pública o en la casa del trabajador, es decir, sin un local estable, como acopiadores, agricultores, artesanos, albañiles, chapistas, costureros, cocineros y cuidadores de vehículos. También zapateros, serenos y vendedores ambulantes, entre otros.

El decreto establece que, durante los primeros tres años a la adhesión al régimen, los contribuyentes sólo pagarán un 1 por ciento de los ingresos brutos mensuales. En caso de que el importe superara el 25 por ciento del monto correspondiente a la cotización previsional que deben ingresar los monotributistas, la cuota se limitará al mismo. Y vencidos los tres años, la cuota de inclusión social aumentará al equivalente al 2,5 por ciento de los ingresos brutos mensuales.

El régimen prevé que, una vez finalizado el año, los trabajadores cuyas cuotas hayan resultado inferiores al aporte mínimo anual de jubilaciones, puedan pagar la diferencia para ser considerados aportantes regulares.

También el régimen empezará a ser compatible desde ahora con los programas de carácter alimentario de Desarrollo Social. Por otra parte, como novedad, aquellos pequeños contribuyentes adheridos en la categoría B del monotributo y que cumplan con las condiciones para ingresar al régimen, podrán reemplazar la cotización previsional por la cuota de inclusión social. Hasta el día de hoy no podían ingresar al régimen los contribuyentes de la categoría B, pues se fijaba como tope de ingresos la suma máxima de la categoría A.



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