Adolfo Donda Tigel dijo que si le dieran las mismas órdenes, él volvería a hacer lo mismo. El marino está condenado a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad cometidos en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA). El catálogo de delitos por los que lo encontraron responsable incluye desde secuestros, torturas, asesinatos hasta desapariciones. Actualmente está en juicio por la sustracción de su sobrina, Victoria Donda Pérez, nacida en el campo de concentración en el que él se desempeñaba. Por no haber dado muestras de querer reinsertarse socialmente ni de arrepentirse de sus crímenes, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó que Donda Tigel no puede verse beneficiado con la libertad condicional.
Donda Tigel viene pidiendo hace tiempo la libertad. Aduce que lleva más de 20 años detenido y que recogió informes favorables del Servicio Penitenciario Federal (SPF) que le permitirían salir de la cárcel. Está detenido actualmente en la Unidad 31 de Ezeiza. El SPF informó que no tiene sanciones disciplinarias y que lo han calificado con conducta ejemplar 10 dentro de la prisión. Donda, además, dice que su esposa está dispuesta a asistirlo para que él se “reinserte” en la sociedad.
Sin embargo, eso no fue suficiente para Daniel Obligado, que ejerce como su juez de ejecución penal dentro del Tribunal Oral Federal (TOF) 5 y le rechazó el pedido para salir de la cárcel antes de cumplir la condena. Obligado tomó en consideración el informe que hicieron los profesionales del Equipo Interdisciplinario de Ejecución Penal, que depende de la Casación y se conformó en 2016 –durante la presidencia del camarista Alejandro Slokar.
Al Equipo Interdisciplinario, Donda le dijo: “Para mí la orden era suficiente. Si no me lo hubiesen ordenado no lo hubiera hecho. Si me hubiesen ordenado torturar, creo que lo hubiera hecho”. Para los expertos fue más que elocuente y, por eso, afirmaron que desde lo discursivo el represor seguía justificando los delitos de lesa humanidad y que, ante una situación similar, tomaría las mismas decisiones. Para ellos, Donda tiene mermada la capacidad empática.
La Sala II de la Casación Penal, con los votos de Slokar y Ángela Ledesma, convalidó la decisión de Obligado. El tercer integrante del tribunal, Guillermo Yacobucci, votó en disidencia –inclinado por favorecer al represor de la ESMA.
Slokar, que lideró el acuerdo, sostuvo que ante planteos similares se debe tener en cuenta “la conducta del condenado respecto al esclarecimiento de la verdad; el reconocimiento de la gravedad de los delitos perpetrados y su rehabilitación; y los efectos que su liberación anticipada tendría a nivel social y sobre las víctimas y sus familiares”. El camarista insistió en que se debe evitar la revictimización de quienes padecieron el accionar de los criminales de lesa humanidad como Donda.
“Los crímenes de esta laya resultan imprescriptibles, no pasibles de indulto ni amnistía, tampoco puede conmutarse o reducirse la respuesta punitiva impuesta, pues se ingresaría nuevamente en un pasaje de impunidad”, afirmó Slokar. “El otorgamiento indebido de estos beneficios puede eventualmente conducir a una forma de impunidad, particularmente cuando se trate de la comisión de violaciones graves de derechos humanos”, completó.
“Las manifestaciones vertidas por el interno durante la confección del informe del equipo interdisciplinario –que llevaron a las conclusiones antes expuestas–, exceden el fuero íntimo de la persona en la medida en que el poder de sus palabras y la exteriorización efectuada en el contexto señalado infligen una dolorosa e innecesaria humillación a las víctimas y sus familiares y, al mismo tiempo, implican un desprecio por las normas y principios constitucionales y convencionales que rigen en el Estado de Derecho, extremos estos que actúan en desmedro del fin resocializador de la pena”, añadió, por su parte, Ledesma.