La Comisión Nacional de Defensa a la Competencia (CNDC) dictaminó que no se encontraron elementos que permitieran tener por acreditado que existió una cartelización de la obra pública de la que hubieran participado empresas investigadas en la “causa Cuadernos” sobre presuntos sobornos.
“Los indicios que se observan van en sentido opuesto a la probabilidad de formación y sostenimiento de un acuerdo de reparto de licitaciones”, dice el dictamen firmado por los vocales de la CNDC Guillermo Pérez Vacchini, Balbina Griffa Díaz y Pablo Lepere.
“No se observa un ‘modus operandi’ consistente con una colusión entre empresas que participan del mismo mercado relevante, con las respectivas circunstancias de tiempo, modo y lugar acreditadas”, se indicó en las conclusiones del documento de 569 páginas.
Los firmantes señalaron que “no resulta de las actuaciones que las cámaras a las cuales se les requirió explicaciones hayan actuado como facilitadoras del acuerdo colusorio. Sumado a ello, no todas las empresas incluidas en la relación de los hechos se encontraban asociadas a ambas Cámaras en el período investigado”.
“En efecto –continúa el documento– algunas empresas no pertenecían a ninguna cámara, en tanto que otras solo pertenecían a una de ellas. Estas circunstancias dificultan la coordinación entre ambas Cámaras para facilitar, coordinar y monitorear el acuerdo colusorio”.
Se trata de un informe cuya producción data del 2018, durante la gestión del expresidente Mauricio Macri, y que tuvo por objetivo analizar a las empresas vinculadas a la causa de los cuadernos y determinar si establecieron acuerdos, al margen de la ley de la defensa a la competencia, para repartirse la obra pública.
“Los hechos o actos que obran en el presente expediente y que han sido utilizados para explicar una presunta conducta colusiva, no tienen la entidad suficiente para ser considerados infracciones a la LDC, por lo que la conducta de reparto de licitaciones no se encuentra probada directamente”, se señalo en el informe.
Además, se detalló que “la CNDC ha examinado los posibles indicios que obran en las actuaciones con relación a ciertos testimonios, documentos, planillas e intercambios de correos electrónicos transcriptos en las resoluciones judiciales emitidas en las causas penales Nros. 9.608/2018 y 13.816/2018, con relación a un posible acuerdo de reparto de obra pública en el sector vial, los cuales carecen de precisión, gravedad y concordancia conforme a la jurisprudencia en la materia y al derecho aplicable al caso”.
“De los elementos probatorios antes referidos no resulta la existencia del acuerdo colusorio, sus participantes, ni las licitaciones que se habrían acordado”, se sostuvo en el informe cuyo contenido trascendió ahora pero data de fines de junio.