La Corte Suprema tiene en sus manos una decisión crucial: si se harán o no los juicios orales por los casos conocidos como Memorándum y Hotesur-Los Sauces que tienen a Cristina Fernández de Kirchner en el centro de la escena. A través de sus abogados, la vicepresidenta le pidió a los supremos –en un recurso de queja– que revoquen los fallos de la Cámara de Casación Penal Federal que resolvió dar marcha atrás con el sobreseimiento que habían obtenido ella y el resto de los imputados en ambos expedientes. Sostuvo que fueron sentencias “arbitrarias”, que implican “gravedad institucional”, violación al “derecho de defensa”, a “la garantía del juez natural”, “a ser juzgado en un plazo razonable” y que la Sala I de Casación fue “un tribunal irregularmente constituido” para la ocasión. 

Los hechos 

En 2021 el Tribunal Oral Federal 8 sobreseyó a CFK y a todos los imputados en la causa conocida como Memorándum por inexistencia de delito. No había juicio por hacer, fue la conclusión. Todo había comenzado en 2015 con una denuncia del fiscal Alberto Nisman, que apareció sin vida cuatro días después, y que planteaba que el acuerdo con Irán para que de una vez declararan los imputados de ese país ligados al atentado a la AMIA, en realidad pretendía encubrirlos y que se levantaban las alertas rojas sobre ellos. El acuerdo fue votado en el Congreso, nunca se puso en práctica y las alertas jamás dejaron de estar vigentes. Pese a que el primer juez, Daniel Rafecas, concluyó que no había delito por analizar, la oposición y la DAIA lograron que la causa continuara. 

Hotesur-Los Sauces comenzó en 2013 y cuestionaba el alquiler de hoteles y propiedades de los Kirchner a empresarios como Lázaro Báez, Cristóbal López y Fabián de Sousa. Llegó a juicio oral con la calificación de lavado de dinero y asociación ilícita, como si hubieran sido acuerdos por obra pública. El Tribunal Oral Federal 5 sobreseyó por mayoría, también hace dos años, a la vicepresidenta, sus hijos y los empresarios. El argumento fue que cuando comenzó la supuesta maniobra no se castigaba el “autolavado” y debía aplicarse la ley penal más benigna. Además, que las operaciones relacionadas con obra pública eran lícitas. 

Ambos temas llegaron a la Sala I de la Cámara de Casación donde se celebraron las audiencias previas a un fallo a fines de noviembre del año pasado. Por entonces los jueces eran Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa. El plazo para expedirse es de 20 días. Sin embargo, fallaron el 18 de septiembre último. Figueroa había cumplido 75 años (la edad jubilatoria) el 9 de agosto y esperaba un nuevo acuerdo del Senado, que se demoró. Como un mecanismo de relojería la Corte tomó una decisión asombrosa, contraria a todos los precedentes, y ordenó que la jueza cese en su funciones. Dos semanas después salió el fallo con los votos de los dos jueces restantes que no convocaron a un tercero. En ambas causas la decisión fue revocar los sobreseimientos (excepto para Florencia Kirchner en Hotesur-Los Sauces) y mandar a CFK, Máximo Kirchner, empresarios, y ex funcionarios a juicio oral. En Memorándum a pedido de las querellas (DAIA y familiares) y en Hotesur-Los Sauces, de la fiscalía. 

Cuando los abogados de la vicepresidenta, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, presentaron un recurso extraordinario contra esa decisión,  la Sala I se los rechazó. Pero esta vez incluyeron en la votación a Carlos Mahiques (en Memorándum) y a Javier Carbajo (en Hotesur-Los Sauces). De ahí que finalmente prestaran esta semana un recurso de queja ante la Corte Suprema. 

Los argumentos

Entre los argumentos comunes a ambas causas, los defensores de CFK plantearon, junto con los argumentos sobre hechos y pruebas: 

* “Que la decisión manifiestamente arbitraria adoptada por los jueces Barroetaveña y Petrone vulnera el derecho” de “nuestra defendida de obtener, en un plazo razonable, una decisión jurisdiccional que de una vez por todas ponga fin al estado de incertidumbre y de restricción de derechos que supone el seguir afectada a estas actuaciones. Por lo pronto estaban en condiciones de resolver en noviembre de 2022 pero esperaron diez meses. Fue, dicen, “una dilación injustificada”. 

* “Esta arbitraria decisión irroga perjuicios que no se limitan a la faz procesal, sino además se proyectan en otros ámbitos, con motivo de la indebida utilización de estas actuaciones por parte de terceros para alimentar una campaña de persecución en contra de nuestra representada”. 

* Los jueces de Casación habían rechazado el recurso extraordinario con la típica fórmula de que “no hay sentencia definitiva” y que aquí hay un juicio por delante. Pero los defensores sostienen que sí puede ser considerada como equiparable a una sentencia definitiva y con efectos irreversibles dada “la privación de justicia”. 

*En el expediente sobre “Memorándum” explican que se violó la garantía del juez natural por dos razones distintas. Una, que la investigación que había cerrado Rafecas a la que luego se le inventó una “colectora” por obra del fallecido Claudio Bonadio, fue reabierta por los jueces de Casación Gustavo Hornos y Mariano Borinsky cuya “imparcialidad frente al caso (…) se encuentra severamente cuestionada” desde que se conocieron sus asiduas visitas al expresidente Mauricio Macri, quien sin disimulo los felicitó por aquella decisión. La otra cuestión es que la Sala I para revisar el sobreseimiento “no se constituyó en legal forma”, “no se convocó a un tercer magistrado para deliberar y emitir sentencia”. En cambio, hubo un tercer juez para rechazar el recurso extraordinario. Esto mismo pasó con la otra causa. No hubo explicación sobre esta diferencia. 

*En “Memorándum” también los letrados de CFK marcan que “se violentó gravemente la división de poderes” “al avalar la indebida judicialización de actos de naturaleza estrictamente política que, como tales, se encuentran exentos de revisión por parte del Poder Judicial”. El acuerdo con Irán, en efecto, fue una decisión de gobierno que, además, apuntaba a terminar con la impunidad por el atentado a la AMIA. 

*Los defensores refutaron el argumento de los casadores en Hotesur-Los Sauces, según el cual no había nuevas pruebas en la etapa de juicio que pudieran justificar el sobreseimiento.  “Esta afirmación –señalaron– carece de todo sustento, no solo porque en la etapa de instrucción suplementaria se produjeron nuevas pruebas (peritajes) que corroboraron la atipicidad de los hechos, sino a su vez porque la norma establece expresamente que los Tribunales Orales se encuentran habilitados para decretar el sobreseimiento de los justiciables sin necesidad de sustanciar un debate oral cuando “el imputado obrare exento de pena en virtud de una ley penal más benigna”. 

Ahora es el turno de que evalúe la Corte, aunque el momento y tal vez el resultado queden atados como es costumbre a los vaivenes de la política.  



Fuente-Página/12