La Secretaría de Energía habilitó a las empresas con proyectos que incumplieron con su fecha de habilitación o con la producción de energía comprometida a intercambiar sus penalidades por nuevas inversiones de energía renovable en los próximos años, dentro del Programa RenovAr. La novedad se oficializó a través de la resolución 883/2023 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

El programa RenovAr fue un plan impulsado por la administración de Mauricio Macri para desarrollar las energías renovables en el país a través de una serie de subastas. No obstante, parte de los proyectos terminaron sin construirse.

La Compañía Administradora del Mercado Mayorista (Cammesa) relevó, en agosto último, que, de los casi 100 proyectos, había 46 que incumplieron su fecha programa de habilitación comercial y 10 con deficiencia de abastecimiento de la energía comprometida.

De las multas a estos proyectos, se abonaron el 61 por ciento de penalidades por retrasos y el 44 por ciento por deficiencia de abastecimiento. Las multas, según estipulan los contratos, son de 1.388 dólares por cada megavatio de potencia contratada por cada día de retraso en alcanzar la fecha de habilitación comercial. En caso de rescindir el contrato, las multas oscilan entre 12.500 y 17.500 dólares por cada megavatio de potencia contratada.

Energía habilitó ahora un mecanismo para compensar las multas de Cammesa a los proyectos con incumplimientos por inversiones que incorporen potencia de energía a través de fuentes renovables.

Los titulares de proyectos con penalidades tendrán 20 días hábiles desde hoy para adherir al régimen y, en caso de hacerlo, tendrán 36 meses para instalar la nueva potencia renovable, que se contarán a partir de la formalización del acuerdo que realicen con Cammesa.

En tanto, aquellos que sean notificados de nuevas penalidades por parte de Cammesa, también dispondrán de 20 días hábiles, posterior a dicha notificación, para incorporarse a este programa. A la hora de acordar estas nuevas inversiones, además, desisten de todo tipo de acción o reclamo judicial contra el Estado.

La inversión no necesariamente deberá coincidir con la ubicación geográfica o tecnología del anterior proyecto que tuvo penalidades.



Fuente-Página/12