La Cámara de Senadores bonaerense aprobó el jueves un proyecto de ley que busca darle a los jueces una herramienta para poder actuar con celeridad ante situaciones en las que, a través de medios digitales, se daña o agrede a otras personas.
La iniciativa, cuyo autor es el legislador peronista Marcelo Feliú y que fue girada a Diputados para su sanción, incorpora la Acción Preventiva de Daños al Código de Procedimiento de la provincia de Buenos Aires.
La iniciativa votada en el Senado provincial permitirá a las autoridades judiciales intervenir rápidamente ante situaciones de ciberbullying, injurias y calumnias en plataformas digitales.
El ciberbullying es el hostigamiento a través de medios informáticos como redes sociales, chat, correo electrónico o sitios web. Consiste en molestar, amenazar, humillar o acosar a una persona utilizando dichos medios.
Las formas más comunes son la difusión de falsos rumores, videos o fotos humillantes, y la creación de perfiles o sitios para agredir a la víctima.
El proyecto apunta a que cuando la víctima recurre a un juez, éste pueda ordenar inmediatamente el cese de la conducta provocadora del daño.
“Cada año aumenta el número de personas en el mundo víctimas de acoso en internet. La cifra es especialmente alta entre niños, niñas y adolescentes, y sus consecuencias son de extrema gravedad”, señaló el senador.
Sostuvo que “ante el crecimiento exponencial de la comunicación a través de medios digitales, es necesario encontrar mecanismos legales que protejan a la sociedad, en particular a niños, niñas y adolescentes, de los riesgos que se presentan.
Qué propone la iniciativa
“Con esta herramienta legal a su disposición, el juez podrá rápidamente intervenir y ordenar el cese de la conducta y, si ésta se diera a través de medios digitales, obligar a los responsables a dar de baja inmediatamente los contenidos que provocan el daño denunciado y probado”, dijo Feliú y planteó que “dicha acción ya cuenta con reconocimiento en numerosos fallos por lo que deviene necesario su reconocimiento en la ley de procedimiento de nuestra provincia”.
La propuesta señala que con el objetivo de brindar la mejor protección a los derechos, la normativa debe garantizar tres ejes: que el proceso debe ser lo más breve posible para que la respuesta sea realmente preventiva (ya sea impidiendo que un daño surja o disminuyendo su magnitud); asegurar el cumplimiento de las medidas; y brindar especial protección a los grupos vulnerables y/o históricamente desaventajados.
A la vez, la iniciativa prevé su aplicación a los casos en que los daños se producen o agravan por el uso de medios informáticos o redes sociales.
“La capacidad de multiplicación y agravamiento que tienen los medios informáticos y redes sociales los convierte en un eje transversal. Gran parte de los daños se realizan por estas vías, especialmente hacia mujeres y niños, niñas y adolescentes, y población LGBTIQ+, generando muchos casos de discriminación”, se indicó en el proyecto.
Así, en función de la protección de derechos, el juez “podrá disponer toda medida que estime pertinente para eliminar, en la mayor medida posible, el acaecimiento de un daño, su agravación o perduración”.