Tribunal Oral Federal 1 La Plata Foto Archivo
Tribunal Oral Federal 1 La Plata / Foto Archivo.

El Tribunal Oral Federal (TOF) número 1 de La Plata retomará el próximo 8 de febrero las audiencias en el juicio de lesa humanidad de la causa Orué, que se sigue por el crimen de un hombre y el secuestro de cuatro familiares suyos durante la última dictadura militar, cuando la fiscalía exponga su contestación tras el alegato de la defensa, que pidió la absolución para un ex ministro bonaerense y un expolicía imputados.

La absolución fue pedida a fines de diciembre por el defensor oficial Gastón Barreiro para el exministro Jaime Lamont Smart y expolicía de Berazategui, Juan Humberto Keller, al alegar en el denominado “Juicio Orué”, designado de esta forma por el nombre de la víctima, Horacio Wenceslao Orué, quien fue acribillado a balazos por policías que en 1978 ingresaron a la casa de su tía, Marcelina Juani, donde él vivía.

Tras asesinarlo, los efectivos secuestraron a Juani junto a sus dos hijos de 9 y 14 años, respectivamente.

Previamente, los represores habían secuestrado al medio hermano de Orué, Raúl Aguirre, a quien bajo torturas le hicieron decir dónde vivía Orué.

Además de la pena de prisión perpetua, el auxiliar fiscal pidió se señalice la comisaría primera de Berazategui como centro clandestino de detención.

Tras la feria judicial, el TOF 1 retomará las audiencias el próximo 8 de febrero, a las 9.30, cuando oirá la contestación de la Unidad Fiscal tras el planteo absolutorio de la defensa, quien además aseguró que el hecho “no son eventos de lesa humanidad”.

Una vez oída la contestación dél auxiliar fiscal Juan Martín Nogueira, el TOF1 deberá dar su veredicto, pero se desconoce si decidirá hacerlo en esa misma jornada o fijará verecito para el 15 de febrero próximo.

“Pido su absolución desvinculante“, expresó el defensor oficial Gastón Barreiro al alegar el 28 de diciembre último, cuando aseguró que los hechos tratados en este juicio “no son eventos de lesa humanidad, es diferente a muchos juicios, porque acá hubo un procedimiento lícito. No era una causa armada”.

El imputado Jaime Lamont Smart Foto Captura TV
El imputado Jaime Lamont Smart / Foto Captura TV.

El defensor precisó que en el caso del imputado Keller “su accionar estuvo enmarcado e un procedimiento legal, había una orden judicial del juzgado número 1 de La Plata, a cargo del juez Borrás por un hecho ordinario de robo automotor. No hay ningún elemento que vincule esto con un hecho de lesa humanidad”.

Aseguró que “no estamos en presencia de una causa que afecte a los derechos humanos y sea considerada de lesa humanidad. Entendemos que en el peor de los supuestos, acá fueron delitos que pueden ser graves, pero ordinarios, comunes, que alcanza el estadio de la prescripción”.

Remarcó que Keller “intervino en calidad de chofer y debe ser desvinculado. Actuó siempre en el marco de la ley. Cumplió órdenes de sus superiores amparado por una orden judicial”.

Keller no participó de esos delitos y no siendo de lesa humanidad además están más que prescriptos”, puntualizó.

En el caso del exministro de Gobierno Juan Lamont Smart, el defensor destacó que, su carácter de funcionario público, no tenía bajo su órbita la policía bonaerense, ya que está tras el golpe militar pasó a depender de las fuerzas armadas.

Ningún reproche puede realizarse a Smart. Ni en su caso ni en el de Keller se ha demostrado que tuvieran el conocimiento y voluntad para realizar esos eventos que tienen por fin un ataque contra los derechos humanos y por ende general un delito de lesa humanidad”, sostuvo.

El defensor remarcó que “todo lo referido a la operación contra la población se encontraba bajo la órbita, bajo el control, bajo la disposición de las fuerzas armadas y no por la intervención de un civil, en este caso el doctor Smart”.

“Quiero solicitar se haga lugar al planteo de extinción de la acción penal y se disponga la desvinculación por la extinción penal de mis asistidos y por la orfandad de pruebas”, planteó Barreiro.

Audiencia del día Jueves 09 de Noviembre del 2023.

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Pidió “la absolución de culpa y cargo para mis defendidos, por aplicación de la garantía dubia pro reo”.

Acotó que en el caso de Smart “es un error judicial que vaya a tener una nueva condena respecto a los hechos que se pretenden endilgar sostenido sólo el cargo que ostentaba al momento de estos hechos”.

El 21 de diciembre último el auxiliar fiscal Juan Martín Nogueira, al alegar pidió la pena de prisión perpetua para los dos imputados.

Pidió “se condene a Jaime Lamont Smart a la pena de prisión perpetua como coautor mediato del delito de homicidio calificado por alevosía de Horacio Orué, con el concurso premeditado de dos o mas personas y para lograr la impunidad para sí y otras personas; la privación ilegítima de la libertad agravada por haber sido cometida por un funcionario, con tormentos, en perjuicio de Raúl Aguirre, Marcelina Juani, Marcelo Juani y Ariel Juani; y el robo doblemente agravado por el uso de armas y en banda”.

“Todos delitos considerados contra el derecho de gentes, como crimen de genocidio y delito de lesa humanidad”, remarcó.

La misma pena solicitó para Juan Humberto Keller, pero como “autor material”.





Fuente Telam