A 10 años del crimen de Estela Garcilazo, hallada estrangulada y con signos de abuso en su departamento del barrio porteño de Palermo, la causa se encuentra en la Corte Suprema de Justicia, donde analizan si confirman o revierten el fallo que en 2017 anuló la condena a prisión perpetua y liberó a su hijo Luciano Sosto, el sommelier que pasó cuatro años preso por este homicidio por el que ahora nadie investiga hipótesis alternativas y que sigue impune.
Fuentes judiciales confirmaron a Télam que el expediente -lleva el número CCC 073877 del año 2013-, ingresó en marzo de 2018 al máximo tribunal del país y está actualmente en la Vocalía N° 3, es decir, la del ministro Horacio Rosatti, a partir de un “recurso extraordinario en queja” presentado por la fiscal Diana Goral, quien apeló el fallo que anuló la condena a perpetua que ella había logrado en el debate en 2015 y espera que “Lucky” Sosto (45) vuelva a ser encarcelado o, al menos, que se reedite el juicio oral.
El hecho de que la causa esté estancada hasta que la Corte arribe a una definición sobre la suerte del hijo de la víctima, hace que ningún funcionario de la Justicia esté investigando ahora nuevas hipótesis con algún sospechoso alternativo de este asesinato.
“Existen sólidas evidencias que permiten negar que Luciano Sosto pudiera ser autor de un ataque sexual contra su madre, lo que conduce a la conclusión de que tampoco fue el homicida”Fallo absolutorio
De volver a investigarse, esta causa debería regresar al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 1, en 2013 a cargo del juez Hernán Martín López -hoy integrante de la Cámara del Crimen-, y en el que ahora se encuentra el magistrado Luis Schelgel, y a la Fiscalía 19 de Martín Mainardi.
“Hace casi seis años que la causa está paralizada en la Corte con el planteo de la fiscalía. Hasta que el máximo tribunal no termine de definir la situación del hijo, no se puede enviar el expediente nuevamente a instrucción. El problema, si se confirma la absolución de Sosto, será encontrar, una década después, alguna nueva prueba contra alguien”, dijo a Télam un fuente judicial ligada a este proceso penal.
El crimen de Estela Garcilazo
El crimen de Garcilazo (69), del que este martes se cumplen 10 años, fue cometido el 26 de diciembre de 2013 en el edificio de Seguí 4444, en una zona exclusiva de Palermo, frente a la manzana que ocupa la residencia del embajador de Estados Unidos.
Allí, el sommelier vivía en el 5º B y en el 4º B lo hacía su madre, Garcilazo, y la versión que dio Sosto fue que aquel día, alrededor de las 15 y cuando se había cortado la luz en todo el edificio, bajaba las escaleras desde su departamento para ir a hacer unas compras y cuando pasó por la puerta de su madre, escuchó un quejido de ella.
Por eso, dijo que entró, la encontró agonizando tirada boca abajo en la cocina y llamó en dos oportunidades al servicio de emergencias del Hospital Alemán.
En las grabaciones de esas llamadas se escuchó a Sosto algo alterado e incurrió en contradicciones, ya que primero dijo que su mamá “estaba en shock”, luego “muerta” y después que tenía “convulsiones”.
La médica de la ambulancia fue clave, ya que se dio cuenta de que la mujer había muerto varias horas antes y tenía golpes.
Pese a que Sosto le había dicho que su madre tenía problemas de estabilidad y se podría haber caído en un accidente, la médica sospechó y le dijo al ambulanciero que diera intervención policial con un “código azul”.
El caso dio un giro cuando desde la morgue le adelantaron telefónicamente al juez López que Garcilazo había sido asesinada y que la causa de muerte era una asfixia por estrangulación manual, por lo que Sosto quedó detenido cuando fue a preguntar a la entonces comisaría 23 si podía retirar el cuerpo de su madre.
La clave de la acusación del juez contra el hijo de la víctima fue la supuesta mala relación que había entre madre e hijo -avalada por algunos peritajes psicológicos-, y la data de muerte que determinó que la mujer fue asesinada entre las 7.30 y las 11.30 de esa mañana y que, por lo tanto, cuando el sommelier llamó a las 15.07 a una ambulancia, montó una escena porque en realidad llevaba varias horas fallecida.
El juicio fue en 2015 y tuvo la particularidad de que toda su familia y amigos siempre apoyaron y creyeron inocente al sommelier, razón por la que la querella de su padre y marido (aunque separado) de la víctima, el empresario gastronómico Carlos Sosto, no participó como acusador en el debate porque defendía a su hijo menor.
La fiscal Goral, en su alegato, sostuvo que Sosto venía de un día de “sexo, drogas y alcohol” y que aquella mañana asesinó a su madre porque necesitaba dinero para comprar cocaína y contratar taxi boys.
Sosto había llegado a juicio acusado no sólo del “homicidio calificado por el vínculo” de su madre, sino también por el “abuso sexual agravado”, ya que peritajes complementarios a la autopsia determinaron que en la vagina de la víctima había “fosfatasa ácida prostática”, una enzima presente en el líquido seminal.
Las muestras no alcanzaron para obtener un perfil de ADN de su aportante, por lo que al no haber una evidencia concreta, la fiscal Goral decidió no hacer mención alguna sobre este tema en su alegato y no acusó a Sosto por el abuso.
En un fallo unánime, el 21 de diciembre de 2015, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 8 condenó a Sosto a prisión perpetua por homicidio agravado.
La absolución de Sosto
Pero los abogados del sommelier, Guillermo Schmidt y Juan José Ávila, apelaron la condena y sostuvieron que la presencia de la fosfatasa era una evidencia concreta de que había existido un abuso sexual, que ese abuso era “inescindible” del homicidio y que era imposible que el autor sea “Lucky”, por ser el hijo de la víctima y, además, homosexual.
Al resolver la apelación en diciembre de 2017, la Sala I de Casación, integrada por los jueces Luis García, María Laura Garrigós de Rébori y Horacio Días, le dio la razón a la defensa, sostuvo que no había ninguna prueba directa contra el sommelier, anuló por “arbitrario” el fallo condenatorio del TOC 8 y ordenó su libertad.
Esos jueces destacaron que Garcilazo tenía una “suciedad fuera de lo normal” en sus pies y que eso podía ser un indicador de que deambuló en la calle y allí fue abordada por un tercero que luego ingresó a su departamento para violarla y asesinarla.
“Existen sólidas evidencias que permiten negar que Luciano Sosto pudiera ser autor de un ataque sexual contra su madre, lo que conduce a la conclusión de que tampoco fue el homicida”, remarcó aquel fallo absolutorio.
Este fallo de Casación es el que en 2018 apeló la fiscal Goral y ahora se encuentra bajo estudio en la Corte Suprema.
La postura de Goral incluso cuenta con un dictamen favorable del procurador general de la Nación, Eduardo Casal, quien en 2019 le pidió a la Corte que anule el fallo absolutorio y que el sommelier vuelva a ser condenado por matricidio, o que se realice un nuevo juicio oral.
Sosto volvió a su actividad como empresario gastronómico y sommelier -fue fundador y presidente de la Asociación Argentina de Sommeliers y en 2004 premiado en España-, y tras pasar cuatro años en el penal de Marcos Paz, primero regentó el bar del Teatro General San Martín, y hace dos años que tiene su propio bar de vinos en la zona de Plaza Serrano, en Palermo.
En un par de notas que tuvo con Télam al recuperar la libertad, aseguró que su inocencia en la causa estaba “más que probada”, pidió que la Justicia “no cometa la torpeza” de volverlo “a encarcelar” y afirmó que no creía que vayan a encontrar nunca al asesino de su mamá.