La Justicia absolvió a los dos profesionales que habían sido imputados de encubrimiento en el segundo juicio por la muerte de la periodista Débora Pérez Volpin, ocurrida en el Sanatorio de la Trinidad el 6 de febrero de 2018, mientras se realizaba una endoscopía. El juez Julio Quiñones, del Tribunal Oral Criminal y Correccional 26, dio a conocer el veredicto (cuyos fundamentos serán dados a conocer el 14 de diciembre) por el cual fueron absueltos el exdirector de la clínica Roberto Martingano y la instrumentista quirúrgica Eliana Frías este miércoles al mediodía.
Martingano fue acusado por encubrimiento de dos hechos. El primero fue por haber entregado a la Justicia un procesador de la torre endoscópica que según la familia de Pérez Volpin no fue el que se utilizó en el estudio con final trágico. El segundo, por un informe que él habría recibido con la medición de los signos vitales de Débora y que presentó con faltante de varias hojas a los instructores del caso, acción que llevó a cabo, según la acusación, para no reconocer que ella no estaba conectada al equipo que mide esa función desde el inicio de la práctica endoscópica.
Miriam Frías llegó acusada por falso testimonio, pues estuvo en la sala de quirófano en la que sucedieron los hechos y a toda pregunta que se le hizo durante el primer debate respondió “no recuerdo”.
En las audiencias anteriores, la fiscalía y la querella habían solicitado tres años de prisión para Martingano, por encubrimiento, y tres años de inhabilitación para la instrumentista, por falso testimonio. Por su parte, la defensa había reclamado por la absolución.
El abogado querellante, Diego Pirota, señaló que el veredicto es “una sorpresa absoluta, no conocemos los fundamentos. Se va a tener que forzar bastante en torcer la realidad probatoria para fundar una sentencia como la que eventualmente se habrá escrito”.
“Las irregularidades están probadas que sucedieron”, aseguró el abogado de la familia Pérez Volpin en declaraciones a la prensa a la salida de la audiencia. Sobre este punto, el letrado subrayó que “la prueba de la causa muestra que es el director médico el que firmó las actas”.
Además, Pirota apuntó que “es difícil interpretar cómo pudo haber sostenido una absolución hoy para los dos imputados”, y adelantó que desde la querella van a recurrir el fallo en la Cámara de Casación. “Hoy se perdió una oportunidad muy importante de hacer justicia, de ser valientes y de ocuparse de las víctimas, no solamente de los derechos del imputado”, concluyó Pirota.
En el mismo sentido, la fiscal de la causa, María Luz Castany, sostuvo: “Después de más de 20 audiencias realmente probamos todo lo que nosotros veníamos sosteniendo”. “Voy a acompañar al doctor Pirota, a toda la querella y vamos a recurrir también para ver si logramos que se haga Justicia”, afirmó.
En tanto, el abogado defensor, Vadim Mischanchuk, afirmó ante la prensa que “el resultado del juicio tiene que ver con la prueba que se produjo en el debate. La acusación en el juicio no se pudo comprobar”.
“Sí se pudo comprobar que, por ejemplo, fue el exdirector de la clínica el que esa misma noche sugirió que se haga la autopsia, con lo cual, hablar de encubrimiento en este caso era un sinsentido”, apuntó el letrado.
Además, tras la lectura del veredicto, Mischanchuk remarcó: “En el juicio se pudo saber la verdad, estamos muy conformes”.
Débora Pérez Volpin falleció el 6 de febrero de 2018 en el Sanatorio la Trinidad, del barrio porteño de Palermo, a raíz de la intervención que le realizó el endoscopista, Diego Bialolenkier.
Por esta mala praxis, en agosto de 2019, Bialolenkier fue condenado, por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nro. 8, a cargo de Javier Anzoátegui, a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina por siete años y medio, como autor del delito de “homicidio imprudente”.
El 30 de noviembre pasado, la Corte Suprema dejó firme la condena al médico endoscopista. Ese fallo fue confirmado por la Cámara Nacional de Casación y hace pocos días, por unanimidad, por el máximo tribunal, que rechazó la última apelación del galeno.
Según el fallo, Bialolenkier le causó la muerte a Pérez Volpin por llevar adelante “una conducta imprudente y negligente”, pues “al iniciarse el procedimiento y llegar con el endoscopio a la zona del esófago cervical, el imputado, pese a la existencia de cierta distensibilidad dificultosa del tracto digestivo, siguió avanzando con el instrumento”.