Los abogados que patrocinaron a los padres de Marianela Rago Zapata en el juicio que culminó el miércoles con la condena a prisión perpetua de su exnovio por su femicidio ocurrido en 2010 en el barrio porteño de Balvanera, consideraron al “patrón de comportamiento celotípico del acusado”, a la nueva relación de pareja que había iniciado la víctima, y unas lesiones que presentaba el imputado, como los elementos clave del veredicto.
Se trata de Esteban Galli y María de la Paz Herrera, del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico para Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación (DGN) a cargo de Pablo Rovatti, quienes emitieron este viernes un comunicado luego de asistir en el juicio a Eduardo Rago y Patricia Zapata, padres de la víctima.
“Durante las más de diez audiencias públicas celebradas, pudo reconstruirse todo el contexto de la relación previa de pareja que existía entre la víctima y el acusado y, en particular, más de quince testigos afirmaron que Marianela era víctima de distintas formas de violencia de género con componentes simbólicos, psicológicos y físicos”, señalan los abogados.
A su vez, sostuvieron que “pudo probarse que la violencia de género había sido progresiva y que había escalado” y que “la joven estaba expuesta a numerosos factores de riesgo de sufrir un femicidio, sobre todo porque ella había cortado el vínculo con el agresor y había iniciado una nueva relación afectiva”.
“Esto fue el disparador del ataque contra su vida”, concluyeron Galli y Herrera, tal como lo dijeron en su alegato.
Sobre la valoración probatoria, la querella sostuvo que “no sólo se acreditó el vínculo previo atravesado por violencia de género, sino que además pudo probarse el patrón de comportamiento celopático del autor, el conocimiento efectivo que éste tuvo de la nueva relación que iniciaba la joven, y la existencia de otros factores característicos de los femicidios íntimos; en particular: el lugar de ocurrencia de estos hechos, el uso de armas de fácil alcance en el ámbito doméstico, la extrema virulencia de ataque expresado en la multiplicidad, y la naturaleza, entidad y gravedad de las lesiones que presentaba el cuerpo de la mujer”.
“A esto se sumó la verificación de que el imputado, al momento de su detención (dos días después del crimen), presentaba lesiones compatibles con una mecánica defensiva producidas por la víctima”, agregaron los abogados.
Por último, mencionaron que “durante el allanamiento de la vivienda de Amador se secuestraron ropas especialmente lavadas, de las que se pudieron comprobar manchas de sangre y tomar muestras de fibras que, al ser peritadas por físicos forenses del Instituto Balseiro y comparadas con la alfombra donde se encontró el cuerpo de la víctima, mostraron una compatibilidad en cuanto a diámetro, tamaño y morfología”.
“Estas pruebas, puestas en el contexto del caso mediante un análisis integral, concatenado y global, robusteció la autoría material del hecho en cabeza de Francisco Amador”, finaliza el comunicado.