El juez federal Ariel Lijo le concedió este martes la excarcelación de Marcelo Corazza, quien fue detenido en una causa por corrupción de menores. Sin embargo, el ex Gran Hermano sigue procesado y será vigilado con una pulsera electrónica.

Dispóngase la inmediata libertad del nombrado, la cual se hará efectiva en el día de la fecha desde el Departamento Central de la Policía Federal Argentina y de no mediar impedimento alguno por parte de otro Tribunal, debiendo presentarse en este juzgado dentro de las 72 horas a los efectos de labrar el acta correspondiente”, determinó el juez en la resolución.

Asimismo, Lijo le impuso a Corazza la prohibición de ausentarse de su domicilio por más de 24 horas sin previa autorización del juzgado, le prohibió la salida del país y le fijó la obligación de presentarse ante el juzgado en durante los primeros cinco días de cada mes.

Corazza logró la excarcelación luego de que los fiscales Carlos Rívolo y Marcelo Colombo, de uno de los titulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), dictaminaran favorablemente ante el planteo formulado por la defensa del imputado.

El magistrado ponderó en su fallo que “no surgen indicios que permitan suponer que el imputado pudiera llegar a obstaculizar alguna de las medidas de prueba que, eventualmente, sea necesario realizar en un futuro”.

“Lo cierto es que el escenario fáctico y probatorio reunido al día de la fecha en torno a Corazza, permite afirmar que – de momento- no se encuentra medida probatoria alguna en curso que él pueda llegar a entorpecer en pos de favorecer su situación procesal”, enfatizó el magistrado en su resolución de 23 páginas.

Causas y acusaciones

La semana pasada el juez Lijo amplió el procesamiento de Corazza, al que ya se le acumulan varias acusaciones por casos de presunta corrupción de menores, informaron fuentes judiciales.

El magistrado le endilgó al ex Gran Hermano un hecho por el que lo había indagado días atrás en el marco de la causa en la que se investiga una supuesta banda criminal acusada por distintos casos de abuso de menores.

“Considero que Corazza promovió la corrupción de la víctima en tanto, a partir de sus propuestas de tinte depravado, dio comienzo a la corrupción de la víctima, que nunca había realizado acciones de ese tipo por dinero y jamás se había vinculado sexualmente con otro hombre”, expone el fallo de más de 350 páginas.

En el expediente quedaron asentados diálogos de chat entre el imputado y la víctima en los que el acusado le requería el envío de videos personales con contenido sexual.

“Al quedar corroborado que conocía la edad de la víctima, doy por sentado que Corazza tuvo conocimiento respecto de que los actos ilícitos que realizaba eran susceptibles de corromperla”, enfatizó el magistrado.

“Toda vez que la víctima tenía 17 años al momento que comenzó a desplegarse la conducta ilícita de parte del imputado, no hay dudas que debe ser admitida como tal. Por otra parte, como se observa, evidentemente las diferentes propuestas efectuadas por Corazza a la víctima fueron negativas para su normal desarrollo”, señaló.



Fuente-Página/12