Aún no finalizó el juicio contra la República Argentina por la forma en que se nacionalizó la petrolera YPF en el 2012. Los abogados de la República notificaron a la jueza Loretta Preska, que lleva el caso en tribunales neoyorkinos, que usarán su instancia de apelación por los cinco fallos que emitió durante los ocho años de litigio. Esto demorará varios meses la condena al Estado a pagar 16.000 millones de dólares al fondo buitre Burford la vez que podría revocar la eximición de la compañía.

Tal como fuera anunciado por Robert Giuffra, socio del estudio Sullivan & Cromwell que representa a la República Argentina en el caso, horas después de conocerse el último fallo que concedía al fondo buitre Burford todos los argumentos para calcular el esquema de compensación económica, Argentina notificó a Preska que utilizará la primera de las dos instancias de apelación con las que cuenta (la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema de Estados Unidos) para rever el caso.

La novedad es que la contraofensiva de la República Argentina no se limitó a cuestionar el último fallo firme del 15 de septiembre, que le puso la cifra de 16.100 millones de dólares a la cantidad que el país tiene que pagar por el juicio, sino que apeló otras cinco decisiones que la jueza fue dictando en los ocho años desde que empezó el litigio.

En la notificación enviada este martes a Nueva York, la defensa recorre los ocho años de juicio y cuestiona además el fallo inicial de la jueza en septiembre de 2016, una segunda decisión en junio del 2020, cuando rechazó el planteo del Gobierno de tramitar la demanda en Argentina y no en la justicia de Nueva York; un tercero de marzo de 2023, en que eximió a YPF pero culpó a la República por no respetar las leyes en el proceso por el que expropió el 51 por ciento de Repsol en YPF; y uno de mayo de 2023 en el que rechazó un pedido de reconsideración de la demanda.

De esta forma, la Argentina formalizó su intención de apelación, dando aviso a la Corte de Nueva York dentro del período de 30 días que corren luego de la sentencia, y según la práctica habitual para estos casos. La carta de apelación consta de una carilla, a lo cual luego se sumará la presentación oficial de los argumentos. Fuentes cercanas al caso aseguran que la presentación del escrito de fondo con los argumentos en la Corte de Apelaciones se presentará “en meses” y aseguran que aún no hay plazo fijado. “Confiamos en que el Segundo Circuito corregirá los errores fundamentales de la corte de distrito”, expresó Giuffra apenas se conoció la sentencia. Con la apelación, Argentina se arriesga a que se revoque la exoneración de YPF del fallo de marzo de este año.

Sin embargos

Paralelamente, las partes se encuentran a la espera de que Preska indique a partir de cuándo tendría efecto la sentencia formulada el pasado 15 de septiembre. A inicios de octubre, tanto la República Argentina como los demandantes enviaron varias cartas a la jueza con sus posiciones al respecto. La fecha es importante porque impacta sobre la posibilidad de Burford de intentar forzar el cobro, por ejemplo mediante algún eventual embargo de bienes argentinos en el exterior del país. Además, va a determinar a partir de cuándo corren los intereses del pago en el caso de que el fallo tome sentencia firme luego de las apelaciones.

Burford Capital pidió que el fallo tenga efecto a partir del 16 de octubre, es decir tras 30 días de emitida la sentencia y reclamó a Preska que habilite la posibilidad de embargar bienes argentinos en el exterior a partir de esa fecha. Para evitar esa medida, sugirió que la Argentina deposite de manera preventiva ante el juzgado de Preska una garantía equivalente al monto del fallo.

La defensa argentina manifestó que no podría hacer el pago, ya que impondría un daño irreversible a una población que ya padece “una elevada inflación”. Además, graficó que la sentencia representa “más de 14 veces el presupuesto anual para agua potable y más de 9 veces el presupuesto de la Secretaría de Salud. En el escrito, citó al secretario de Hacienda, Raúl Rigo, que explicó que además de las dificultades de financiación existe un obstáculo legal para obtener un bono o pagar la sentencia, ya que “la Ley Argentina impide realizar desembolsos que no hayan sido presupuestados para el corriente año fiscal”.



Fuente-Página/12